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“Tercer exportador de alimentos”: el Gobierno creó un nuevo registro de certificadoras de productos libres de deforestación

03/10/2024



Luego de conocerse la decisión de la Unión Europea de posponer hasta 2026 el reglamento contra la deforestación, el Gobierno creó un Directorio de Esquemas de Diferenciación Agroindustriales y habilitó la posibilidad que nuevas empresas puedan certificar los embarques de carne vacuna y de soja de regiones libres de desmonte con destino a ese bloque comercial. En la actualidad, la plataforma Visec era la única que estaba acreditada para brindar el servicio de certificación de productos como soja, carne, café y aceite de palma, entre otros, de zonas libres de deforestación después de 2020.La normativa que crea un nuevo registro de certificadoras lleva la firma del secretario de Agricultura Sergio Iraeta y se publicó hoy en el Boletín Oficial. El mencionado directorio tiene por “objeto identificar, sistematizar y promover los esquemas de diferenciación para la agroindustria, tanto de índole pública como privada, que requieran para optimizar, mejorar o eficientizar sus procesos y/o para fundamentar la alegación de atributos sobre los sistemas productivos argentinos, el acceso a distintas fuentes de información pública para dar cumplimiento a estándares y/o regulaciones internacionales, facilitando el proceso exportador”.Afirman que el reconocimiento al derecho obtentor permite que haya más investigación en nuevas variedades de semillasAyer, el Gobierno celebró el pedido formal de la Comisión Europea (CE) al Parlamento de retrasar por un año la entrada en vigencia de esa norma que impedía la exportación de soja, carne, café y aceite de palma, entre otros productos, de zonas donde se hubiera deforestado después de 2020.“Desde el inicio de la propuesta de reglamento, la Argentina expresó sus preocupaciones y cuestionamientos respecto a varios aspectos de esta medida unilateral, y presentó distintos reclamos ante la UE, tanto en forma individual como en gestiones conjuntas, con un grupo numeroso de terceros países, de manera bilateral y ante los foros multilaterales correspondientes”, dijeron en la cartera agrícola.Entre los considerandos de la medida de hoy, el Gobierno destacó que en el mundo se estima que “el comercio de productos diferenciados con distintos tipos de atributos y certificaciones ya supera los US$300.000 millones, representando cerca del 15% del total comercializado en el mundo de productos agroindustriales”.“La Argentina tiene un papel muy importante en el comercio agroalimentario, siendo el tercer exportador neto de alimentos en el mundo, destinando aproximadamente el 40% de su producción al mercado internacional, según datos de la Organización Mundial del Comercio (OMC)”, indicaron.Según la resolución, se podrán inscribir aquellas personas jurídicas que desarrollen un esquema de diferenciación para el sector agroindustrial, que incluya un sistema de verificación, certificación y auditorías de tercera parte, para dar cumplimiento a estándares y regulaciones internacionales, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD)”.“Las personas jurídicas inscriptas en el Directorio podrán acceder a la información disponible en determinadas bases de datos, registros y sistemas del Estado y sus organismos descentralizados y serán responsables de garantizar la seguridad de la información y la protección de los datos personales a los que tengan acceso en virtud de la presente medida”, indicó la normativa.El Gobierno y el sector privado valoraron como positiva la postergación de la norma europea de libre de deforestaciónAsimismo, el Gobierno “podrá solicitar la actualización o adecuación de la información relativa a la operatoria del desarrollador del esquema a implementar, así como de los procesos de verificación, certificación y auditoría o el listado de las empresas que adoptaron el esquema identificado”. También podrá suspender o dar de baja del Directorio el esquema de que se trate, cuando la operatoria del mismo contradiga los extremos tenidos en cuenta al tiempo de su identificación.Por otra parte, el Senasa y la AFIP “podrán dictar las normas que resulten necesarias para la mejor implementación de la medida en pos de permitir y facilitar que el productor u operador comparta, consienta y acepte compartir su información relativa a la ubicación, georreferenciación, movimientos, existencias, entre otra información necesaria para la operatoria y simplificación del esquema y certificación de que se trate. Aclararon que dicha implementación no generará erogación presupuestaria”.

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