Una madre podrá viajar al exterior con su hija durante cinco años sin tener que pedir una nueva autorización judicial para cada salida.
Así lo resolvió el Juzgado de Familia N° 9 de Bariloche, que habilitó los viajes con fines turísticos en otro país, bajo una serie de requisitos que tendrá que cumplir la mujer.
Por qué la madre tuvo que recurrir a la Justicia
La sentencia surgió a partir de un conflicto entre los padres. La mujer había solicitado autorización para viajar con su hija, principalmente a Chile y eventualmente a Brasil, mientras que el padre se había opuesto al permiso.
La jueza consideró que “los condicionamientos planteados por el progenitor eran excesivos” y entendió que “evidenciaban una intención de control sobre las decisiones de la madre”. En el fallo, calificó esa conducta como “violencia vicaria”.
Según consta en la resolución, la pareja ya estaba separada cuando nació la nena, en septiembre de 2024. La madre explicó que desde entonces la relación con el padre había sido conflictiva y que incluso se habían establecido medidas de protección a favor de ella y de su hija.
La mujer había pedido en distintas oportunidades autorización para viajar con la nena a Chile, pero el padre se había negado. Además, él vive en Lago Puelo, Chubut, mientras que la menor vive con su madre en Bariloche.

La intención de la mujer era poder realizar viajes cortos durante los próximos años. En el expediente mencionó la posibilidad de viajar con amigas que también tienen hijos, con su padre y su pareja, además de pasar algunos días de vacaciones en Brasil.
A su vez, aclaró que no contaba con capacidad económica ni tenía intención de permanecer durante largos períodos en el exterior.
Qué pedía el padre para autorizar los viajes
El padre se opuso a una autorización general por cinco años. Sostuvo que la madre “ejercía de manera abusiva sus facultades parentales” y que restringía el régimen de comunicación que tenían establecido.
Por eso pidió que cada viaje fuera autorizado de manera individual, con información sobre el destino, las fechas y el motivo de la salida.
También reclamó que la madre notificara el viaje con una semana de anticipación y entregara el itinerario, los datos del alojamiento, los pasajes y las reservas.
Además, pidió que se garantizara la comunicación diaria con él y que quedara expresamente prohibido modificar el centro de vida de la niña.
Qué decidió la Justicia
La jueza rechazó esos condicionamientos y autorizó a la madre a viajar con su hija al exterior durante cinco años, contados desde que la sentencia quede firme.
La autorización no permite radicar a la menor en otro país. Además, la madre deberá avisarle al padre cada vez que realice un viaje con una anticipación mínima de siete días corridos.
En ese aviso deberá informar el itinerario, el lugar de destino y el tiempo de permanencia.

La resolución establece además que las estadías no podrán superar los 15 días y que durante cada viaje deberá garantizarse al menos una videollamada o contacto entre padre e hija.
Estas condiciones habían sido planteadas en el dictamen de la Defensoría de Menores e Incapaces, que se pronunció a favor de la autorización por cinco años.
La jueza habló de un intento de control
Uno de los puntos centrales del fallo fue la valoración que hizo la magistrada sobre la oposición del padre.
La jueza sostuvo que no encontraba “razones de peso” para justificar la negativa a firmar la autorización y consideró que las condiciones pretendidas por el progenitor eran excesivas.
Según señaló, esas exigencias evidenciaban una “intención de control rayana en violencia vicaria”. La expresión fue utilizada en el marco del análisis de la conducta cuestionada y no implica que el padre haya sido condenado por violencia vicaria.
El interés de la menor y el derecho a viajar
Para resolver el conflicto, la magistrada recordó que el Código Civil y Comercial establece que “ambos progenitores deben prestar consentimiento” para que un menor de edad viaje al exterior. Sin embargo, cuando uno de ellos se niega o no puede prestar ese consentimiento, es la Justicia la que debe resolver teniendo en cuenta el interés familiar.
En este caso, la jueza también destacó que la madre ejerce de manera exclusiva los cuidados de la nena y que ambos padres cuentan con un régimen de comunicación vigente.
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Además, remarcó que los viajes tendrían fines recreativos y citó la Convención sobre los Derechos del Niño, que reconoce el derecho al descanso, al esparcimiento y a las actividades recreativas, además de la participación en la vida familiar.
De esta manera, la Justicia de Familia de Bariloche resolvió que la madre no deberá iniciar un nuevo expediente judicial cada vez que quiera realizar un viaje al exterior durante los próximos cinco años, aunque sí tendrá que informar previamente cada salida y respetar las condiciones fijadas en la sentencia.
